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[ VOL. III, September 17, 1934 ]

Journal No. 41

APERTURA DE LA SESIÓN

Se abre la sesión a las 5:10 p.m., ocupando el estrado el Presidente, Hon. Claro M. Recto.

EL PRESIDENTE: Se abre la sesión.

DISPENSACIÓN DE LA LECTUR A DE LA LISTA Y DEL ACTA

SR. ESCAREAL: SeÙŒor Presidente.

EL PRESIDENTE: SeÙŒor Delegado por Samar.

SR. ESCAREAL: Pido que se dispense la lectura de la lista y del acta, dandose esta por aprobada y por presente un quórum.

EL PRESIDENTE: ¿Hay alguna objecion a la mocion? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Se dispensa la lectura de la lista y del acta.

DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTAN SOBRE LA MESA DEL PRESIDENTE

EL PRESIDENTE: Leanse los documentos recibidos.

EL SECRETARIO:

REPORT OF THE COMMITTEE ON
CONSTITUTIONAL GUARANTEES

To the Honorable President
Constitutional Convention
Mr. President:

Your Committee on Constitutional Guarantees has the honor to report that after an extended, careful and conscientious deliberation, it has decided to support the creation of a special regulating and compromise body, composed of members selected from the three different branches of the Government, the Executive, the Legislative and the Judicial, conferred with jurisdiction to hear and determine impeachment cases against the highest officers in the Government and election protests not only against the Chief Executive but against the members of the Legislature as well, under the conditions recited in the project of proposition hereto attached. This was the result of the discussion of a previous draft prepared by a sub-committee of five composed of Delegates Perfecto, Romualdez, Hontiveros, Morales, and the undersigned.

In transferring the power of deciding election protests against the members of the Legislature to this special Tribunal, your committee has been guided by precedents to be found in other countries, including individual states within the Union known as the United States of America, and by the fact that such protests require a true judicial determination. A sub-committee is composed of Delegates Beltran, Pelayo and Perez.

Article (4) was included as an expression of the idea and opinion of the committee as to the prerequisite condition to the initiation of impeachment proceedings, although this matter may come under the Committee on Impeachment.

The Committee has also on former occasions returned to the Constitutional Convention for redistribution several proposed constitutional precepts, as shown by former committee reports.

It is, therefore, recommended that the attached draft be approved and embodied in the Constitution.

 
  Respectfully submitted,
    (Sgd.) MANUEL LIM,
    Chairman
   Committee on Constitutional Guarantees





CHAPTER ——

    'TRIBUNAL OF CONSTITUTIONAL SECURITY
"ARTICLE 1. A Tribunal of Constitutional Security is hereby established which shall have exclusive, supreme, and definite jurisdiction and competence to decide the following:

"(a) Impeachment proceedings against the President and Vice-President of the Government, the ministers or secretaries of the departments, the Chief Justice and associate justices of the Supreme Court, the Attorney-General, and the Solicitor-General.

"(b) Election protests against the election of the executive officers for whose election the vote of the whole nation is required.

"(c) Election protests against members of the Legislature or Congress.

"ARTICLE. 2. The Tribunal of Constitutional Security shall be composed of the following:

"Three justices of the Supreme Court, to be designated by its members; two senators, to be designated one each from the two major parties in the Senate, two representatives of congressmen to be designated one each from the two major parties in the House or Representatives; and two representatives of the executive power, to be designated by the President or the one acting in his place.

"This Tribunal shall be presided by the Senior Justice of the Supreme Court, unless the President thereof is a member, in which case the latter shall preside.

"ARTICLE 3. The clerk of the Supreme Court shall be ipso facto the clerk of the Tribunal.

"ARTICLE 4. No impeachment proceedings shall be started as provided in paragraph (a) of Article 1 of this chapter except upon the petition signed by one-third of the members of the House of Representatives.

"ARTICLE 5. The respective members of the Tribunal shall be designated by the Supreme Court, as soon as the latter is organized; by the Legislature, as soon as it is organized after each and every legislative session and by the executive power after the President or the one acting in his place has quali­fied.

"ARTICLE 6. The Tribunal shall prescribe the rules and regulations that it may deem convenient for the proper and speedy disposal of cases within its jurisdiction.

"ARTICLE 7. The members of this Tribunal shall hold office during the term corresponding to a legislative period.”
SR. CALLEJA: SeÙŒor Presidente, solicito a la Mesa me permita hacer uso de la palabra en virtud del privilegio de la media hora, segun nuestro Reglamento.

EL PRESIDENTE: Tiene la palabra el Delegado por Albay.

DISCURSO DEL SR. CALLEJA

SR. CALLEJA: Señor Presidente y Caballeros de la Convencion: Si sois tan generosos, voy a hacer uso del privilegio de la media hora; pero voy a molestaros diez minutos solamente. Soy miembro del Comité de Declaracion de Derechos, pero el Chairman de dicho Comite redacto su informe sin haber celebrado ni convocado ninguna sesion. He aquí por que ahora levanto mi voz, no para protestar, sino para exponer ante esta augusta Asamblea lo que tal vez hubiera podido decir y sostener en el seno del Comité , referente a uno de mis proyectos de precepto constitucional.

Imploro vuestra benevolencia. Si vosotros tené is la paciencia de escucharme, voy a transmitiros el encargo que traigo de mi querida y hermosa provincia de Albay, sobre los estragos que esta causando la expropiación forzosa, y por tanto la necesidad de un precepto constitucional, para la proteccion de los pequeños y d&ébiles.

La forma como se aplican las leyes de expropiacion forzosa en provincias produce una consternacion entre los pequenos y debiles; las ruedas de la ley pasan constantemente por encima, de sus cuellos, y los aplastan estrangulandoles y dejandoles sin fuerzas para resistir los atentados contra sus personas y propiedades.

Un puÙŒado de funcionarios publicos poco escrupulosos en el cumplimiento de su deber, prevaricadores sin conciencia, deseosos solo de obtener méritos de ascenso, han debilitado al pueblo; le ban arrancado sus derechos mas sagrados, y le han impuesto muchos deberes que no estan escritos en la ley, y creado para ellos derechos que ni siquiera habian sonado.

Sin contar los atentados contra las personas y la propiedad, mas de cien debiles hijos del pueblo he visto con mis propios ojos, victimas de la ley de expropiacion forzosa, o ejercicio del dominio eminente; han dado sus bienes contra su voluntad, sin compensacion alguna, inconscientes de sus derechos, flacos, hambrientos, postrados, bajo tanta iniquidad y desamparados por la ley.

No censuro esa ley de los Estados Unidos que dispone que nadie podra ser privado de su propiedad para fines de utilidad piiblica sin la debida compensacion, ni la ley local que ordena que, si no precediere este requisito, los jueces reintegraran la posesion a los expropiados; pero si censuro la falta de garantia para el cumplimiento de esas leyes.

Van triturando a los pequenos hijos del pueblo esas pesadas ruedas de los que llevan la ley a su cumplimiento, o sea, los funcionarios llamados a hacerla cumplir, ambiciosos de honor y gloria, quienes se apoderan de las propiedades privadas, abren carreteras y caminos en los terrenos privados de los pequenos propietarios sin la indemnizacion correspondiente.

Esos funcionarios de la ley saben muy bien que los pequenos propietarios no pueden sostener un pleito; los pobres no tienen dinero para iniciar un asunto, y acaban por ceder sus propiedades, porque no pueden luchar contra el Gobierno. Dominado el pueblo en esta forma, el Gobierno no promueve juicio sobre expropiacion forzosa, aunque es su deber, excepto cuando los grandes ofrecen resistencia, porque los pequenos no quieren disgustos, molestias, ni tienen dinero para sostener el litigio, y prefieren aguantar las cornadas.

Cuando alguno que otro pacifico ciudadano, cansado de tantos abusos, acude por fin al Juzgado en demanda de proteccion, ademas de que tiene que adelantar los gastos del pleito, el Juez, que no tiene conciencia ni experiencia, falla a favor del Gobierno, a veces por no perder su prebenda, alegando que la propiedad ha sido cedida voluntariamente por el pobre, aunque no exhiba ningun documento sobre ello, y aunque el pobre alegue que ha protestado contra tamano atentado, el Juez no le cree, pues pesa mas el testimonio del hombre de categoria, y esto basta para que el pequeno propietario no pueda cobrar el precio de su terreno.

Voy a citaros un caso real, para que se no diga que hablo a humo de pajas, con la imaginacion. Un humilde ciudadano compro un pequeno lote de terreno para edificar en el una casita. El presidente municipal del pueblo de Tabaco, empachado de su poder, sin el debido proceso legal, ni indemnizacion alguna, ni siquiera ofrecimiento de pago, ha mandado abrir en medio de ese terreno un pozo artesiano para las necesidades del publico, en tal forma que ha quedado inservible el terreno, tanto que su dueno no ha podido ya construir en el su vivienda.

El pobre ciudadano, al tener noticia de que el pozo artesiano se abria en su terreno, inmediatamente fue a suspender los trabajos, pero el presidente mando que siguiera la perforation del pozo. Este es un acto infame, solamente comparable al que se cometiera con una debil mujer, inicuamente violada. Empero, llevado el asunto al Juzgado, el Juez, dueno de vidas y haciendas, borracho quizas de tanto poder, redacto la sentencia sin dar credito al testimonio del pobre litigante, declarando que este habia permitido al presidente municipal abrir el pozo en su terreno, a pesar del hecho de que tal presidente no contaba con ningun documento que justificara dicho supuesto permiso. Esto, Senores de la Convencion, es un atropello sin nombre.

Este hecho veridico es nada mas que una palida sombra de lo que cada dia esta sucediendo con los terrenos de los pobres, donde se abren carreteras y caminos, sin que sus duenos reciban la debida compensacion ni ofrecimiento de pago de su justo valor.

Senores Delegados, si queremos la independencia de nuestro pueblo, desde ahora debemos procurar que nuestros gobernantes sean fieles cumplidores de la ley. No deben privar a nadie de su propiedad para fines de utilidad publica sin la debida indemnizacion. Para evitar que interpreten torcidamente la ley, se debe prohibir por la misma ley cualquiera excusa mas a menos valida de tolerancia o consentimiento verbal que suelen alegar los gobernantes, y solo asi podremos decir con orgullo que no tenemos en nuestro pais un gobierno indolente que mendiga y vive como un zangano, sino un gobierno activo y diligente, que protege y sabe pagar.

(El Presidente cede el estrado al Delegado Morales.)
Inspirado en estos sentimientos, he presentado un proyecto de precepto constitutional, que dispone que no se expropiara la propiedad privada para fines de utilidad publica, sin la debida indemnizacion, ni se solicitara nunca su donacion. La innovacion es solamente la parte que dice: "ni se solicitara nunca su donacion," y su objeto es que no quede atropellado el derecho de propiedad privada al privar a uno de su terreno para construir en el una calle, por ejemplo, sin la debida indemnizacion, de modo que el Gobierno pueda cumplir mejor con su deber y su sagrada mision de servir los intereses publicos.

Actualmente se dispone en la Ley Jones que el Gobierno filipino no podra expropiar la propiedad de un particular sin la debida indemnizacion. Esta es la Ley americana, tan preciosa en America y en todas partes donde ondea la bandera de las estrellas y las franjas: pero que aqui en Filipinas ha perdido toda su bondad y su hermosura, pues aqui el Gobierno, como cualquiera persona, puede aceptar una donacion o regalo. Esta es la parte mala de la ley, odiosa y fea como la serpiente, y asquerosa como el gusano roedor de las entranas de un muerto.

Ha sonado la hora del despertar de un pueblo debil y oprimido, cuyos ojos llorosos se abren por primera vez, y, asombrados, miran y ven que este es el pais donde los duenos estan regalando al Gobierno sus pequenas propiedades contra su voluntad. Mas el dia que se apruebe este precepto, si mis ideas coinciden con las vuestras, los pequenos y debiles propietarios respiraran, y ya no seran persegruidoa ni atropellados, porque encontraran un escudo en la Constitucion.

SR. ESCAREAL: Para algunas preguntas al orador, Senor Presidente.

EL PRESIDENTE INTERINO: Puede contestar el orador si le place.

SR. CALLEJA: Con mucho gusto.

SR. ESCAREAL: Yo recuerdo que el Caballero es el mismo que hablo sobre el catastro, ØŸno es verdad?

SR. CALLEJA: Si, senor.

SR. ESCAREAL: ØŸY cree el Caballero de Albay que el ejercicio del eminent domain es otro catastro?

SR. CALLEJA: Al menos, segun hemos venido observando en provincias, es ni mas ni menos que el catastro en cuanto a sus efectos, porque tanto el ejercicio del dominio eminente como el catastro estan produciendo grandes perjuicios a la comunidad, especialmente a los pequenos y debiles propietarios.

SR. ESCAREAL: Muchas gracias.

SR. BUSLON: Para algunas preguntas al orador, Senor Presidente.

EL PRESIDENTE INTERINO: Puede contestar el orador, si le place.

SR. CALLEJA: Con mucho gusto.

SR. BUSLON: Nosotros, los de esta parte, queremos saber quien es el Chairman del Comite a que pertenece el Caballero.

SR. CALLEJA: El Delegado senor Laurel.

SR. BUSLON: Tambien quisieramos saber si puede decir el nombre del Juez a que se ha referido en su discurso.

SR. CALLEJA: Yo no estoy acostumbrado, Senor Delegado, a denunciar a nadie. Yo censuro los hechos y me parece que para la redaccion de la Constitucion, basta que se citen los hechos. Por lo demas, este es un asunto que ha llegado a la Corte Suprema y si desea el Delegado mas referencias, podria decir el numero del asunto.

SR. BUSLON: Pero entendemos los de esta parte que el orador, en su discurso, se refirio a una experiencia propia como abogado.

SR. CALLEJA: Precisamente, Senor Delegado, yo he atendido este asunto y por eso digo a Su Senoria que si quiere mas referencias, puedo darle el numero del expediente.

SR. BUSLON: Muchas gracias.

MR. MUNOZ: Mr. President, will the Gentleman yield for a question?

THE ACTING PRESIDENT: The Gentleman from Albay may answer if he so desires.

MR. CALLEJA: Willingly.

MR. MUNOZ: I understand from your previous speech about cadastral proceedings and from the one you have just delivered about eminent domain that you are not, after all, against the principles involved, You simply point out the fact that the officers who are implementing these principles have become corrupt: Is that not what you mean to say?

SR. CALLEJA: Yo expongo los hechos y propongo el remedio y en mi anterior discurso sobre el catastro, he sostenido que no se debe expedir mngun titulo sin la conformidad expresa de todos los colindantes.

MR. MUNOZ: So, what you really mean is that you are against the principles involved in the eminent domain and cadastral proceedings.

SR. ABAYA: Senor Presidente, quisiera formular algunas preguntas al orador.

EL PRESIDENTE INTERINO: Puede contestar el orador, si lo desea.

SR. CALLEJA: Con mucho gusto.

SR. ABAYA: El report del Comite del cual Su Senoria es uno de los miembros, se ha sometido ya al Comite de Ponencias, ØŸno es verdad?

SR. CALLEJA: Segun me nan asegurado los Delegados Grafilo y Lapak, se ha presentado ya ese informe, pero no he recibido ninguna copia, aunque ya he tenido oportunidad de leerlo.

SR. ABAYA: Y Su Senoria, como miembro de ese Comite, lo que ha hecho es cruzarse de brazos: ØŸno es verdad?

SR. CALLEJA: No, senor, porque el Presidente del Comite no ha convocado ninguna sesion.

SR. ABAYA: Pero Su Senoria se entero de que el report se habia sometido ya al Comite de Ponencias y, sin embargo, Su Senoria, como miembro del Comite. sabiendo eso, no dio ningun paso.

SR. CALLEJA: Es porque no estaba seguro de que podria sostenerse cualquier paso que diese en el seno del Comite. Por eso estoy haciendo uso del privilegio de la media hora, con el objeto de defender los derechos atropellados, no solamente mios sino tambien de los demas miembros del Comite.

SR. ABAYA: Su Senoria cree que los derechos de los miembros de ese Comite han sido atropellados por su Presidente, ØŸno es verdad?

SR. CALLEJA: Creo que si.

SR. ABAYA: Y Su Senoria como miembro del Comite, ØŸque ha hecho?

SR. CALLEJA: Estoy haciendo uso precisamente del privilegio de la media hora para dar parte de este hecho a toda la Asamblea.

SR. ABAYA: ØŸDe modo que Su Senoria, como miembro de ese Comite, o como abogado, cree que las quejas de Su Senoria deben ser sometidas a esta Asamblea en vez de someterlas al Comite mismo al cual Su Senoria pertenece ?

SR. CALLEJA: Yo endosaria esa pregunta de Su Senoria al Comite de Reglamentos.

SR. RAMOS: Para algunas preguntas al orador, Senor Presidente.

EL PRESIDENTE INTERINO: Puede contestarlas el orador, si le place.

SR. CALLEJA: Con mucho gusto.

SR. RAMOS: ØŸSe puede saber de Su Senoria si ha recibido una copia del proyecto del informe, acompanada de una comunicacion del Chairman del Comite de Declaracion de Derechos?

SR. CALLEJA: Francamente hablando, no he recibido ninguna copia, pero la he leido y no es proyecto del report, sino el report mismo.

SR. RAMOS: ØŸEsta seguro Su Senoria de que era el report?

SR. CALLEJA: Si, senor, es el report mismo y no proyecto del report. Podriamos consultar la copia que he leido.

SR. RAMOS: Tengo a la vista una copia que he recibido, y no se si es la misma que ha leido Su Senoria. Y esta no es el report del Comite de Declaracion de Derechos, al que yo pertenezco tambien; y yo le aseguro a Su Senoria que no he recibido ese report, sino esta copia, y la misma va acompanada de una comunicacion del Chairman del Comite de Declaracion de Derechos, en la que hace una sugestion a los miembros del Comite. En vista de lo que se dice en esta comunicacion, de que cada miembro hiciera sus reparos comunicandolos a dicho Chairman en o antes del dia 15 de septiembre, que fue el sabado pasado; ØŸno cree Su Senoria que la verdad es que hasta ahora el Chairman, o el Comite de Declaracion de Derechos no ha rendido ningun report sobre la materia que esta bajo su consideracion? Aqui esta, creo yo, el Chairman de dicho Comite, y podriamos consultarle sobre esto.

SR. CALLEJA: Su Senoria ya parece que ha oido bien mi discurso. No he dicho que haya rendido ya su report, sino que ha redactado su report.

SR. RAMOS: Su Senoria acaba de contestar, respondiendo a una interpelacion, que el Comite, el Chairman del Comite, ha rendido su report.

SR. CALLEJA: No, senor; se puede consultar el record. Yo he dicho en mi discurso que el Chairman ha redactado su informe sin haber celebrado ni convocado a una sesion.

SR. RAMOS: Lo cual no es cierto, porque el Chairman del Comite no ha redactado su informe hasta ahora. Esto no es ningun informe. Es una sugestion nada mas.

SR. CALLEJA: Puede leerlo Su Senoria.

SR. RAMOS: Muchas gracias.

EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Delegado Senor Baltao.

SR. BALTAO: Cedo mi derecho al presidente del Comite de Declaracion de Derechos.

EL PRESTDENTE INTERINO: Tiene la palabra el presidente del Comite de Declaracion de Derechos.

MANIFESTACIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITE DE DECLARACION DE DERECHOS, SR. LAUREL

SR. LAUREL: Senor Presidente, me levanto solamente para corregir lo manifestado por el Caballero de Albay en el sentido de que el Comite que indignamente presido, ya ha sometido su report sin haber convocado a los miembros del Comite. No es cierto lo manifestado por dicho Caballero, porque en realidad el Comite de Declaracion de Derechos no ha sometido aun su informe. Lo que ha ocurrido es que el Chairman, con el objeto de ahorrar tiempo, ha emborronado un proyecto, enviandolo a cada uno de los miembros de este Comite y convocando a sesion a dicho Comite para que tenga algo que discutir cuando se reuna. Pero no es cierto que el Comite o su presidente haya presentado ya un report sin haber celebrado ninguna sesion, y si el Caballero de Albay se hubiese tomado la molestia de examinar la comunicacion que el Chairman del Comite de Declaracion de Derechos ha dirigido a los miembros de dicho Comite o ha leido o visto la naturaleza del report preparado por el referido Chairman, no se hubiera atrevido a hacer una declaracion en la forma como lo ha hecho.

EL PRESIDENTE INTERINO: ØŸHa terminado ya el Delegado Calleja en el uso de la palabra?

SR. CALLEJA: Si, senor, porque no me ha dirigido ninguna pregunta el Chairman del Comite de Declaracion de Derechos.

MR. GRAFILO: Just one question to the Gentleman from Batangas, Mr. President.

THE ACTING PRESIDENT: The Gentleman from Batangas may answer.

MR. GRAFILO: Just to clarify some points. Mr. President. Gentleman from Batangas, has there been anv member of the Committee on Bill of Rights who has signified disapproval of the proposed project?

MR. LAUREL: None. Some of them have submitted some precepts to be incorporated in the draft which I presented.

MR. GRAFILO: Do we understand that since no member of the Committee has signified his disapproval, the proposed project as presented will be considered as approved?

MR. LAUREL: No.

MR. GRAFTLO: I have here a copy of your communication to the members of that Committee which says: "May I ask you to go over this report and accompanying draft and let me hear from you before Saturday, September 15; if I do not hear from you before this date, may I count with your approval?"

MR. LAUREL: That is, in case at the final meeting some members of the Committee do not show up.

MR. GRAFILO: I would like to know whether absence would mean approval of the plan of the Committee; that is, we shall adopt it.

MR. LAUREL: No.

MR. GRAFILO: So, even if we do not attend the final meeting, we shall not be estopped?

MR. LAUREL: Absolutely not

LEVANTAMIENTO DE LA SESION

SR. CUENCO: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE INTERINO: Senor Delegado.

SR. CUENCO: Pido que se levante la sesion hasta manana, a las cuatro de la tarde.

EL PRESIDENTE INTERINO: ØŸHay alguna objecion a la mocion? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada.

Se levanta la session.

Eran las 5:40 p.m.
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