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[ VOL. III, September 20, 1934 ]

JOURNAL No. 44

APERTURA DE LA SESION

Se abre la sesión a las 5:15 p.m., ocupando el estrado el Presidente, Hon. Claro M. Recto.

EL PRESIDENTE: Se abre la sesion.

DISPENSACION DE LA LECTURA DE LA LISTA Y DEL ACTA

SR. ESCAREAL: SeÙŒnor Presidente.

EL PRESIDENTE: SenÙŒor Delegado.

SR. ESCAREAL: Pido que se dispense la lectura de la lista y del acta, dándose esta por aprobada y por presente un quorum.

EL PRESIDENTE: Si no hay objecion, asi se acuerda. (No hubo objeción.)

DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTAN SOBRE LA MESA DEL PRESIDENTE

EL PRESIDENTE: Leanse los documentos recibidos.

EL SECRETARIO:

REPORT OF THE COMMITTEE ON
NATIONALIZATION OF PUBLIC
UTILITIES

The Honorable President
Constitutional Convention
Mr. President:
Your Committee on Nationalization of Public Utilities, after holding various meetings and conferences, and after due consideration given to the various proposals submitted by Members of the Committee and of the Convention and to pertinent provisions of various modern constitutions, begs leave to submit hereby its findings and conclusions in the statement attached hereto. The provisions herein presented will do for a constitution designed for a period of the Commonweath and thereafter.
    Very respectfully,
    (Sgd.) CAMILO OSÍAS
    Chairman
    Committee on Nationalization
    of Public Utilities

The Committee on Nationalization of Public Utilities after various meetings and conferences held, and after due consideration given to proposals submitted by Members of the Committee and of the Convention and to various constitutions studied, agreed upon the following:
"1. That the lawmaking body shall by appropriate legislation provide for the regulation, control, and supervision of all public utilities.

"2. That there be no exclusive franchise, permit, or other privilege granted any individual, partnership, company, institution or corporation for the operation of any public utility.

"3. That no franchise for any public utility in excess of 50 years be granted.

"4. That the lawmaking body shall nationalize such means of transportation or communication as the national defense, the national security, or the public welfare may require."
EL PRESIDENTE: Al Comite de Ponencias.

SR. ARELLANO: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado por Sorsogon.

SR. ARELLANO: Senor Presidente, obra en poder de la Secretaria un proyecto de Resolucion que, por tratarse de un asunto de caracter privilegiado, pido que se lea.

EL PRESIDENTE: Lease la resolucion.

EL SECRETARIO:

RESOLUCION

EXPRESANDO EL SENTIR DE LA CONVENCION CONSTITUCIONAL SOBRE LA ESTRUCTURA QUE DEBE DARSE A LA CONSTITUCION DEL GOBIERNO Y PUEBLO DE LAS ISLAS FILIPINAS.
POR CUANTO, segun el Art. 3.o de la Ley Tydings McDuffie, la Constitucion que esta Convencion ha de redactar y formular, para, que sea aprobada por el Presidente de los Estados Unidos. es menester que este redactada y formulada sustancialmente de conformidad con las disposiciones de dicha Ley Tydings-McDuffie;

POR CUANTO, segun la Ley "Tydings-McDuffie" de-bera contener disposiciones mandatorias de las cuales unas deben regir durante el periodo de transicion bajo el Gobierno del Commonwealth y despues para el Gobierno de la Republica Filipina (Art. 2(2) Declaracion de Derechos), otras de caracter transitorio que solamente regiran durante el Commonwealth o sea, mien tras no se efectue la retirada definitiva y completa de la soberania de los Estados Unidos sobre las Islas Filipinas (Art. 2-a) y otras que regiran desde el dia en que el Presidente de los Estados Unidos expida una proclama reconociendo la independencia de las Islas Filipinas. (Art. 2-B)

POR CUANTO, estas disposiciones de caracter per manente, o sea, las que deben regir durante el Go­biemo del Commonwealth y durante la Republica Filipina. y las que deben regir cuando este proclamada la independencia del pueblo filipino y entre a funcionar el Gobierno de la Republica Filipina deben constar e incorporarse en la Constitucion que se debe formular por esta Convencion, como tambien las disposi­ciones que no sean de caracter permanente y regiran durante el Commonwealth, o sea, mientras no se haya efectuado la retirada definitiva y completa de la soberania de los Estados Unidos sobre las Islas Filipinas;

POR TANTO, SE RESUELVE que esta Convercion redacte una Constitucion que contenga disposiciones que deben regir tanto durante el Gobierno del Commonwealth como despues y bajo el Gobierno de la Republica y disposiciones que regiran solamente durante el Gobierno de transicion o del Commonwealth y disposiciones que estaran en vigor a la proclamacion de la Republica, como cualesquiera otras disposiciones propias para la Republica que no esten en conflicto con la Ley Tydings-McDuffie.
SR. SOTTO (F.): Senor Presidents, pido que se apruebe la Resolucion que acaba de leerse.

EL PRESIDENTE: ØŸHay alguna objecion a la aprobacion de esta Resolucion? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada.

SR. PALMA: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado por Manila.

SR. PALMA: Obra en poder de la Secretaria una enmienda presentada por mi a la Resolucion Lim-Guzman, la cual pido que se lea.

EL PRESIDENTE: Lease.

EL SECRETARIO: (Leyendo)


CONSTITUTIONAL CONVENTION
P. R. No. 60

Amendment Presented by Delegate Palma to the Resolution presented by Delegates Lim, De Guzman, et al.

RESOLUTION
EXPRESSING THE SENSE OF THE CONSTITUTIONAL CONVENTION THAT THE PROVISIONS OF THE TYDINGS-MCDUFFIE LAW ARE CLEAR AND DEFINITE AS TO THE NATURE AND SCOPE OF THE CONSTITUTION TO BE DRAFTED.

Resolved: That it is the sense or the Constitutional Convention, after hearing the arguments of the speakers for and against Resolution No. 60, inasmuch as the provisions of the Tydings-McDuffie Law are clear and definite as to the nature and scope of the Constitution which this Convention is authorized to draft in the sense that the Constitution shall be for the Government of the Commonwealth on the original...
EL PRESLDENTE: La Mesa desea saber si los caballeros que han registrado turnos a favor o en contra de la Resolución Lim-Guzmán insisten en hacer uso de su derecho. Si no hay ningún turno, la Mesa cree que la Convencion puede considerar la enmienda Palma.

SR. DE GUZMÁ.N (Alejandro): Nos oponemos a la consideracion de la Resolucion enmendatoria Palma, porque habiendose registrado turnos sobre la Resolucion Lim-Guzman. no es procedente discutir la enmienda hasta que terminen los turnos.

EL PRESIDENTE: ØŸQué dicen los autores de la Resolucion Lim-Guzman, acerca de la enmienda Palma?

SR. LIM: No aceptamos la enmienda.

EL PRESIDENTE: Esta en orden entonces la consideracion de la enmienda a la enmienda.

SR. LIM: No aceptamos la enmienda.

MR. ABORDO: Mr. President.

THE PRESIDENT: The Gentleman from Palawan.

MR. ABORDO: Mr. President, I would like to state that I have filed an amendatory resolution to the proposed resolution of Delegate Lim and others. I would like to ask the Secretary to read it.

THE PRESIDENT: The Secretary will read the resolution.

THE SECRETARY:

CONSTITUTIONAL CONVENTION

(Amending P. R. No. ______ of Delegates Lim and De Guzman which amends by substitution P. R. No. 60)
Presented by Delegate Abordo

RESOLUTION
EXPRESSING THE SENSE OF THE CONSTITU­TIONAL CONVENTION THAT THE PROVISIONS OF THE TYDINGS-MCDUFFIE LAW ARE CLEAR AND DEFINITE AS TO THE NATURE AND SCOPE OF THE CONSTITUTION TO BE DRAFTED, WHICH CONSTITUTION SHALL EXTEND NOT ONLY DURING THE COMMONWEALTH BUT THEREAFTER.

RESOLVED, That it is the sense of the Constitutional Convention, after hearing the arguments adduced by the speakers for and against the project of Resolution No. 60, that, inasmuch as the provisions of the Tydings-McDuffie Law are clear and definite as to the nature and scope of the Constitution which this Convention is authorized to draft and the Constitution shall extend not only during the commonwealth but thereafter, the taking of vote on the proposed Resolution No. 60 is unnecessary;

RESOLVED, further, that copies of this resolution be furnished the several committees of this Convention for their information and guidance.
EL PRESIDENTE: Habiendose presentado con anterioridad la enmienda del Delegado, Senor Abordo, esta sera considerada preferentemente.

SR. KAPUNAN: La precedencia de las enmiendas ha sido discutida en relacion con la Resolucion Lim-Guzman.

EL PRESIDENTE: La resolucion de los Delegados Lim y Guzman tiene la naturaleza de una enmienda. Ahora estas enmiendas que se ban presentado con posterioridad son enmiendas a las enmiendas.

SR. ARANETA: Senor Presidente, para una informacion.

EL PRESIDENTE: Señor Delegado.

SR. ARANETA: El Delegado por Manila, Señor Palma, ha presentado una enmienda en el sentido de que la Ley Tydings-McDuffie es clara con respecto a la naturaleza de la Constitucion "que podriamos aprobar, en el sentido de que solo nos autoriza a aprobar una Constitucion para el Commonwealth, al paso que la enmienda presentada por el senor Abordo es en sentido contrario. En cambio, la Resolucion Lim-Guzman se limita a decir que la Ley Tydings-McDuffie es clara sobre el particular, pero no manifiesta en que consiste esa claridad. Yo desearia para informacion mia y de mis companeros y tambien del publico, para que podamos votar sobre la Resolucion Lim-Guzman con entero conocimiento de causa, tener el privilegio de hacer algunas preguntas.

SR. DE GUZMAN (Al.): Quisiera contestar al Caballero de Manila, si me permite la Mesa.

EL PRESIDENTE: Puede contestar el Caballero de La Union.

SR. DE GUZMAN (Al.): Para satisfaccion del Caballero de Manila, quiero decirle que las disposiciones de la Ley Tydings-McDuffie son claras en el sentido de que esta Convencion tiene poder para formular una Constitucion no solamente para el Gobierno de la Mancomunidad sino tambien para la República.

MR. ABORDO: Mr. President, if I am permitted, I shall speak in favor of my amendment.

MR. GRAFILO: Mr. President.

THE PRESIDENT: The Gentleman from Sorsogon.

MR. GRAFILO: Mr. President, before the Gentleman from Palawan (Mr. Abordo) speaks, I have a question to ask of the authors of the Lim-De Guzmán resolution.

THE PRESIDENT: The authors may answer.

MR. GRAFILO: Inasmuch as the enunciated spirit of the Lim-De Guzmán resolution is to draft and formulate a Constitution not only for the Government of the Commonwealth but for a period thereafter, have the authors any objection to the amendment of the Gentleman (Mr. Abordo), which amendment squarely presents the spirit?

MR. DE GUZMAN (Al.): We object to the amendment because we consider both resolutions (Osías and Abordo) as unnecessary; the provisions of the law concerning the Constitution to be drafted are clear.

MR. SALUMBIDES: Mr. President, will the Gentleman yield?

THE PRESIDENT: The Gentleman from La Union may answer if he wishes.

MR. SALUMBIDES ASKS SOME QUESTIONS OF
MR. DE GUZMAN (Al.)

MR. SALUMBIDES: Yes, I agree that the Osias Resolution is unnecessary insofar as the interpretation of the Tydings-McDuffie law is concerned; but insofar as the Members of the Convention are concerned, I think it is necessary.

MR. DE GUZMAN (Al.): I maintain the proposition that whether the Osias Resolution is approved or not it will not be of binding force even to the Members of the Convention, even to the committee of the Convention, and it can never oblige the Members of the Convention who entertain that the Convention has only the power to draft and formulate a Constitution for the Commonwealth alone.

MR. SALUMRIDES: The Gentleman is answering the question before it is expressed.

MR. DE GUZMAN (Al.): I knew what the Gentleman wanted to say.

MR. SALUMBIDES: This is my question: Inasmuch as we here are divided, some, like Dr. Palma. want to make a Constitution for the Commonwealth only, while I myself have spoken as favoring a Constitution for both the Commonwealth and the Republic, the neces­sity of this resolution, or the Abordo amendment, is to determine which course we are going to follow. We have come here to make a Constitution. We are divided. There is the necessity that we agree on whether the Constitution is for the Commonwealth only or for both the Commonwealth and the Republic. That is why I want to know whether the Gentleman will accept the Abordo amendment. If the Gentleman accepts it, I will vote in favor of it.

MR. DE GUZMAN (Al.): I am sorry to inform the Gentleman from Tayabas (Mr. Salumbides) that we cannot accept the amendment, for we sincerely believe that the Constitution we are going to draft is for both the Republic and the Commonwealth without approving any resolution. This Convention is automatically empowered to approve a Constitution with the mandatory provisions effective during the Philippine Republic, in view of the provisions of paragraph (b) of Section 2 of the Tydings-McDuffie Law.

MR. SALUMBIDES: But the Gentleman does not understand the point of my question, that we are divided here. We must decide whether the Constitution is for the Commonwealth only or for both the Republic and the Commonwealth; so what is the reason for not accepting the Abordo amendment?

MR. DE GUZMAN (Al.): I have already answered that, but I am going to answer the Gentleman again. It would be an entirely dangerous policy for this Convention to declare that the Constitution to be drafted and formulated is only for the Commonwealth in view of paragraph (b), Section 2. Some mandatory provisions of that paragraph will be effective as of the date of the recognition of the Republic by proclamation of the President of the United States; so that any provision to the effect that the Constitution will be applicable only during the Commonwealth falls of its own weight.

MR. SALUMBIDES: My question is: Why don't we make the resolution clearer?

MR. DE GUZMAN (Al.): How can we make the resolution clearer than the law, which is clear?

SR. ORTEGA: Senor Presidente, para algunas preguntas al autor de la Resolucion Lim-Guzman.

EL PRESIDENTE: ØŸEstá dispuesto a contestar el Caballero de La Union?

SR. DE GUZMAN (Al.): Con mucho gusto.

SR. ORTEGA: Si no he entendido mal, el Caballero de La Union sostiene la idea de que la Resolucion Osias es innecesaria por cuanto que podemos redactar una Constitucion extensiva a nuestra futura Republica.

SR. DE GUZMAN (Al.): Si Señor, en cuanto a determinados puntos, referentes a las disposiciones mandatorias de la Ley Tydings-McDuffie.

SR. ORTEGA: ØŸÉsa es opinion personal de Su Senoria, o una opinion colectiva?

SR. DE GUZMAN (Al.): Esa pregunta no tiene razon de ser. Esos Caballeros han estampado alli sus firmas y esto demuestra que suscriben mi idea.

SR. ORTEGA: Es que yo quiero saber por que Su Senoria dice que es una opinion autorizada por todos los que han firmado esa resolucion. Por eso ha votado a favor de la misma.

SR. DE GUZMAN (Al.): Precisamente han firmado ellos. Y con la firma que han estampado indican que suscriben la idea envuelta en la resolucion.

SR. ORTEGA: ØŸDe que las disposiciones de la Constitucion han de abarcar hasta la Republica Filipina?

SR. DE GUZMAN (Al.): Hasta cierto punto.

SR. ORTEGA: Haga el favor de hablar claro.

SR. DE GUZMAN (Al.): Si Señor, que abarcara hasta la Republica.

SR. ORTEGA: Entonces quiere decir que esa opinion que Su Senoria ha emitido es suya personal y de todos los companeros que han firmado la resolucion.

SR. DE GUZMAN (Al.): Yo creo que para hacer desaparecer las dudas, debemos ahora discutir la Resolucion Lim-Guzman.

EL PRESIDENTE: La cuestion ahora en orden es la Resolucion Abordo que enmienda la Resolucion Lim-Guzman.

SR OSIAS: Pido que se registre mi turno a favor de la enmienda Abordo.

EL PRESIDENTE: Hagase constar.

Tiene la palabra el ponente de la enmienda.

SPEECH OF MR. ABORDO IN SUPPORT
OF HIS AMENDMENT

MR. ABORDO: Mr. President and Gentleman of the Convention: In braving the turmoil of the tempestuous sea now raging in this Convention, where the forces of nature are fighting against each other by way of amending the resolution of Delegates Lim and De Guzman, I am animated by that sole desire to find out once and for all the real attitude of this Convention as to whether the Constitution it is authorized to draft is for the Commonwealth alone or it will live thereafter. A mere pronouncement, as proposed by Delegates Lim and De Guzman, to the effect that the provisions of the Independence Law are clear and definite, to my own way of thinking, far from establishing a real and positive stand on the question at issue, leaves this Convention, as it were, groping in darkness and not knowing to what direction it will proceed. It cannot be denied that in this Convention there exist two preponderating opinions in our honest interpretations of the provisions of the Independence Law, and, in justice to ourselves and to our people, who demand of us a concrete plan for the future, taking into account our past continuous and insistent demands for independence, it behooves us to make public the kind of Constitution we shall draft. The Lim-De Guzman resolution does not cure the defect; in fact, it sidetracks the fundamental issue raised in a resolution filed by the Gentleman from La Union (Mr. Osias).

As a compromise measure, Mr. President and Gentlemen of the Convention, my resolution amends the resolution of Delegates Lim and De Guzman, and I believe that our apparent indifference to the Osias resolution may be resolved to the satisfaction of all parties concerned. We cannot be recreant to the trust imposed upon us by our constituencies, and neither can we keep silent on the question raised, as it involves the foundation of the very structure of the Constitution we shall draft, for, by so doing, I am afraid we shall be charged later on with insincerity, disloyalty, and lack of courage and determination by the present generation and the generations to come, and perhaps sacrificed on the altar of public opinion.

To make patent and real, therefore, our stand on the question at issue, and not imaginary, as proposed in the resolution filed by Delegates Lim and De Guzman, I place for your consideration and approval my resolution which speaks in plain terms the kind of Constitution we shall draft.

Mr. President, I move that my resolution be voted upon before taking into consideration any other resolution of similar nature.

MR. DE GUZMAN (Al.): Mr. President, will the Gentleman yield for a question?

THE PRESIDENT: The Gentleman from Palawan may, if he so desires.

MR. DE GUZMAN (Al.): Supposing that in the Constitution this Convention is going to draft and formulate the period of incumbency of the President of the Republic is seven years, and once the Republic is inaugurated the people of the Republic will say through a constitutional convention that instead of seven years it be only four years. What would be the nature of the declaration of this Assembly to the effect that it is empowered to regulate the period of incumbency of the President of the Philippine Republic?

MR. ABORDO: In answer to the Gentleman from La Union, I would say that in the very constitution we shall draft, an amendatory process will be provided for, and the question of the Gentleman will be solved. (Applause.)

MR. DE GUZMAN (Al.): Does the Gentleman think it would be convenient to bind the people of the Republic, living with sovereignty in a community and country fully independent, by a Constitution formulated and drafted by a people dependent, like the Government of the Philippine Islands, during the period of transition?

MR. ABORDO: I would answer the Gentleman by retorting in this manner; has not the Gentleman from La Union just expressly manifested that he is in favor of drafting a Constitution not only for the Commonwealth but also for the Republic? (Laughter and applause.)

MR. DE GUZMAN (Al.) : I admit that according to the provisions of the law, the intention of Congress is to extend the life of the Constitution for practical purposes, in order that there will be a government already established and in operation when independence will be proclaimed after the transitory period. I desire further to state, in answer to the question of the Gentleman from Palawan who answered by retorting, that I will answer only this question ...

MR. GRAFILO: Mr. President, will the Gentleman yield to a question?

THE PRESIDENT: To whom will the Gentleman direct a question, to the Delegate from Palawan or to the Delegate from La Union?

MR. GRAFILO: I think the delegate from La Union is already through with his question, and he is now speaking against the resolution.

MR. DE GUZMAN (Al.): No, Mr. President, I am not delivering a speech. I am only answering the Gentleman from Palawan because he asked us a question.

THE PRESIDENT: Did the Gentleman from Palawan ask a question of the Gentleman from La Union?

MR. ABORDO: No, Mr. President, in my answer to his question I just made a reference to his previous statement.

THE PRESIDENT: Then the Gentleman from La Union should ask for a turno en contra.

MR. DE GUZMAN (Al.): I shall be glad, Mr. President, to wait for my turn.

MR. GRAFILO: Gentleman from Palawan, in view of the fact that the Lim-De Guzman Resolution is in sense and spirit, as explained by Delegate De Guzman, practically the same as the resolution Your Honor has presented, would Your Honor be willing to withdraw your amending resolution?

MR. ABORDO: To my regret, I cannot do it. There is a fundamental difference between the original resolution and my amendatory resolution.

MR. ROXAS: Mr. President

THE PRESIDENT: The Gentleman from Capiz.

MR. ROXAS: Will the Gentleman from Palawan permit this Convention to consider first the amending resolution presented by Delegate Palma in order that we may have a vote on it before we consider his amendment?

MR. ABORDO: If the Chair so desires, Mr. President, 1 have no objection, but with the understanding that, after the amending resolution of Delegate Palma has been disposed of, mine will come next.

SR. KAPUNAN: Suscito una cuestion de orden.

EL PRESIDENTE: Puede formularla Su Senoria.

SR. KAPUNAN: El asunto suscitado por el Caballero de Palawan esta ahora bajo la consideracion y jurisdiccion de la Asamblea, y sin consentimiento de la misma, no podra retirarse.

SR. ROXAS: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado.

SR. ROXAS: Sobre la cuestion de orden suscit;ida, creo que la regla es que antes de que una enmienda haya sido secundada, puede ser retirada por el mismo autor.

EL PRESIDENTE: La enmienda ha sido practicamente secundada, porque la Asamblea ha consentido en que se consuma el primer turno sobre esa enmienda. Creo que se necesita, por lo menos, el consentimiento de las dos terceras partes de la Asamblea para que se considere suspendido el Reglamento. En esta cuestion, si las dos terceras partes consienten en que se deje de considerar ahora la enmienda del Delegado por Palawan para considerar la del Delegado por Manila, la Mesa asi lo dispondra.

SR. ROXAS: Sin discutir la decision de la Mesa, quisiera exponer que cualquier Miembro que haya pro-puesto una morion o una enmienda, puede retirarla antes de ser secundada; pero, una vez secundada, no puede retirarla con el consentimiento de dos terceras partes, sino de una mayoria.

EL PRESIDENTE: La Mesa prefiere que se obtenga el consentimiento de dos terceras partes. En cuanto a si la enmienda ha sido secundada o no, cree que desde el momento en que la Asamblea permitio que se consumieran turnos, practicamente la enmienda ha sido secundada.

MR. GRAFILO: Mr. President, suppose the author of the resolution voluntarily gives preference to the other?

EL PRESIDENTE: La Mesa ha decidido ya la cuestion.

La Mesa desea saber si hay dos terceras partes a favor de la mocion de que se deje de considerar por ahora la enmienda del Delegado por Palawan, para dar preferencia a la del Delegado por Manila. Los que esten a favor se serviran ponerse de pie. (Se levantan 62 Delegados.) Los que esten en contra se serviran ahora levantarse. (Se levantan 65 Delegados.) Aun con la regla de la mayoria queda rechazada.

SR. NEPOMUCENO (R.): Propongo que se aplace la consideracion de la enmienda Abordo.

EL PRESIDENTE: ØŸPara cuando?

SR. NEPOMUCENO (R.): Para despues de considerar la enmienda del Delegado por Manila, senor Palma.

EL PRESIDENTE: Ese asunto ha sido ya decidido por la Asamblea.

SR. CUENCO: Nos oponemos.

EL PRESIDENTE: La Mesa pondra a votacion la mocion del Delegado senor Nepomuceno. Los que esten a favor de la misma tengan la bondad de decir Si. (Varios Delegados: Si.) Los que esten en contra sirvanse decir No. (Varios Delegados: No.) Division. Los que esten a favor de la mocion del Delegado senor Nepomuceno, tengan la bondad de levantarse. (Se levantan 57 Delegados.) Los que esten en contra sirvanse levan­tarse ahora. (Se levantan 63 Delegados.) Por 63 votos negativos contra 57 afirmativos, se rechaza la mocion.

SR. CUADERNO: Propongo que se suspenda la sesion.

SR. LAPAK: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado por Camarines Norte.

SR. LAPAK: Senor Presidente, me opongo a la Resolucion Osias que venimos discutiendo desde hace dias, porque la considero innecesaria, por ser may claras las disposiciones de la Ley Tydings-McDuffie.

La enmienda del Delegado Abordo y la Resolucion del Delegado Osias, que estan ahora bajo la consideracion de esta Asamblea, son del mismo tenor. Son, por asi decirlo, dos perros con el mismo collar o un mismo perro con distinto collar.

Senor Presidente, si estoy opuesto a la Resolucion Osias es porque de aprobarse esa Resolucion, sus disposiciones necesariamente tendrian que ponerse en la Constitucion, porque si no se ponen en la Constitucion no valdrian nada. Luego, si no se va a poner en la Constitucion que la misma va a durar y ser efectiva hasta la Republica, esa Resolucion es inutil. Ademas, como dije, es innecesaria porque yo sostengo que segun las disposiciones de la Ley Tydings-McDuffie, la Constitucion que redactemos podra durar hasta despues de la Mancomunidad. Asi es que estoy por la Resolucion Lim de que no se diga nada, para que esta Asamblea no cometa el error de aprobar una disposicion que solo debe ser considerada y aprobada cuando se discuta la Constitucion. Como dije, y repito, tambien me opongo a la Resolucion Osias, porque si se aprueba y luego no se pusiere en la Constitucion esa disposicion, no valdra para nada lo que aprobasemos ahora; y por eso me opongo tambien a la Resolucion Abordo, porque es el mismo perro con diferente collar.

MR. GRAFILO: Mr. President, will the Gentleman yield?

THE PRESIDENT: The Gentleman may yield, if he so desires.

MR. LAPAK: Willingly.

MR. GRAFILO: Do I understand from the Gentleman that objection to the amendment of the resolution of the Delegate from Palawan is an objection not on form but substance?

MR. LAPAK: Of course. We should not act right now.

MR. NEPOMUCENO (R.): Mr. President, will the Gentleman yield?

MR. LAPAK: Willingly.

MR. NEPOMUCENO (R.): What is the concrete opinion of the Delegate from Camarines Norte?

MR. LAPAK: My concrete opinion is that the Tydings-McDuffie Law authorizes this Convention to draft a Constitution not for the Commonwealth only but for both the Commonwealth and the Republic.

MR. NEPOMUCENO (R.): In that case, am I correct if I say that his stand now is this: that, although he believes that this Convention, according to the Independence Act, has the absolute power to draft the Constitution for both the Commonwealth and the Republic, yet he does not attempt to express that opinion in a formal resolution ?

MR. LAPAK: Yes, sir, I do not, because it means that we are going to act and approve right now provisions that should be acted upon when we discuss the Constitution.

EL PRESIDENTE: ØŸHay algun turno en pro de la enmienda?

SR. ORTEGA: He registrado un turno en pro de la enmienda, senor Presidente. ØŸPuedo hablar?

EL PRESIDENTE: Tiene la palabra el Delegado por Rizal.

DISCURSO DEL SR. ORTEGA

SR. ORTEGA: Senor Presidente y Caballeros de la Convencion: Desde el comienzo en que se trato de la Resolucion Osias, yo he registrado un turno en contra. Yo estaba en el numero siete de los registrados y aqui ya han hablado treinta y solo ahora consigo hablar. He registrado un turno en contra no por creer que es mala e impropia la Resolucion, sino porque la considero innecesaria, en mi humilde opinion. Para mi es clara la Ley en el sentido de que faculta a la Republica Filipina en sentido relativo, desde luego; pero si desde un principio, o sea, desde que se presento este proyecto de resolucion se hubiese resuelto no discutirlo, porque no valia la pena de tratar si la Constitucion sera para el Commonwealth solamente o si sera tambien para la Republica, hubiera estado bien, porque ya estariamos preparando de antemano una Constitucion para la Republica; pero desde el momento que varios Caballeros de esta Convencion han sostenido que solamente podemos redactar una Consitucion para el Commonwealth, de tal modo que seria ultra vires redactar para la Republica, se impone la necesidad de que se vote esta Resolucion, por ser ahora indispensable como guia de la actuacion de esta Asamblea. Si no aprobamos esta Resolucion, si no decimos claramente cual es el alcance y la naturaleza de la Constitucion que se ha de redactar, para que sirva de guia a los diferentes Comites que estan trabajando ahora en sus respectivos cometidos, no terminarian las discusiones en los citados Comites ni aun en el mismo Comite de Ponencias y en la Asamblea, cuando baje al floor de la Convencion, porque algunos, como el senor Palma, se levantaria para sostener su propia conviccion; porque el Caballero de Manila cree firmemente que solo podemos preparar una Constitucion para el Commonwealth. Se impone, pues, es indispensable que se vote esta Resolucion para que sepamos si vamos a preparar una Constitucion para el Commonwealth solamente o para la Republica.

SR. LAPAK: Señor Presidente, para algunas preguntas al orador.

EL PRESIDENTE: El orador puede contestar, si le place.

SR. ORTEGA: Si, Señor

SR. LAPAK: ØŸNo es verdad que una ley se interpreta de acuerdo con sus disposiciones ?

SR. ORTEGA: Naturalmente que si.

SR. LAPAK: ØŸNo es verdad, entonces, que se sabra si la Constitucion que formularemos durara hasta la Republica de acuerdo con las mismas disposiciones de dicha Constitucion?

SR. ORTEGA: Pero yo le digo, Caballero, si nosotros estuviesemos conformes en la interpretacion de la Constitucion, no habria ninguna diferencia entre nosotros; pero como tenemos opiniones distintas, hay necesidad de interpretarla para determinar quien tiene razon.

SR. LAPAK: ØŸNo es verdad que aprobando esta Resolucion Osias o la Resolucion Abordo ahora, si no se incluye en la Constitucion lo que en ellas se dispone, tampoco valdria nada?

SR. ORTEGA: No entiendo la pregunta.

SR. LAPAK: Suponiendo que aprobaramos la Resolucion Osias o la Resolucion....

SR. ABELLA: Yo protesto contra la manifestacion del Caballero de Camarines Norte, porque esta induciendo al publico a creer que la Resolucion....

SR. LAPAK: ØŸNo es verdad que si aprobaramos la Resolucion Osias ahora, tal como se propone que sea enmendada por la Resolucion Abordo que estamos discutiendo, y no pusieramos lo que aparece en esa Resolucion de que la Constitucion que vamos a adoptar sera hasta para la Republica, no es verdad que no valdria nada esta Reoslucion?

SR. ORTEGA: En primer lugar, la pregunta parte de un supuesto falso y es capciosa por cuanto que no discutimos ahora la Resolucion Osias sino la Resolucion Abordo.

SR. LAPAK: Estamos hablando de la Resolucion Abordo, que es la misma Resolucion Osias pero con diferente collar; si aprobamos la Resolucion Abordo y no ponemos en la Constitucion esa disposicion, ØŸcree usted que tendria efecto esa Resolucion?

SR. ORTEGA: En realidad de verdad, soy un mal testigo, porque dos veces ya me ha preguntado el Caballero de Camarines Norte y hasta ahora no le entiendo.

SR. CUENCO: Senor Presidente, propongo que se deje sobre la mesa la Resolucion Abordo.

MR. GRAFILO: I second the motion.

EL PRESIDENTE: La mocion del Delegado por Cebu es debatible y volveremos a perder el tiempo. ØŸInsiste el Delegado por Cebu en su mocion?

SR. CONFESOR: Propongo que se aplace indefinidamente la discusion de la enmienda Abordo, y esta mocion no admite debate.

SR. PERFECTO: Tambien es debatible. SR. CUENCO: Retiro mi mocion.

EL PRESIDENTE: La mocion del Delegado por lloilo es debatible. Para ganar tiempo, la Mesa cree que debemos continuar con la discusion.

SR. PERFECTO: Senor Presidente, deseo decir algunas palabras a favor de la enmienda.

SR. GUZMAN (Al.): Para un turno en contra de la enmienda.

MR. GRAFILO: Mr. President.

THE PRESIDENT: The Gentleman from Sorsogon.

MR. GRAFILO: If the Gentleman from Cebu has withdrawn I move that the amendment presented by Delegate Abordo be laid on the table. According to our Rule 18 of the Rules of the Convention, that need not be debated. It says: ".. .shall be decided without debate"; Included under this rule is laying on the table a certain motion. I have a mimeographed copy.

EL PRESIDENTE: El Secretario informa a la Mesa que, segun el Reglamento, no es debatible. De acuerdo con la misma copia del Reglamento del Delegado por Sorsogon, es debatible. Parece que he leido mal. Tiene la palabra el Delegado por Manila, senor Perfecto.

SR. PERFECTO: Senor Presidente, voy a decir breves palabras en apoyo de la enmienda Abordo. La enmienda enmendada, o sea, la de los senores Guzman (Al.) y Lim expone que no hace falta que se vote la Resolucion Osias, porque las disposiciones de la Ley de Independencia son claras.

Senor Presidente, hace algunos minutos solamente el Caballero de La Union, senor Guzman (Al.), ha dicho que el y sus cofirmantes sostienen que no solamente tenemos el derecho de redactar una Constitucion para el Commonwealth y para la Republica, sino que ademas es nuestro deber, porque asi lo manda la Ley de Independencia. Pero, no han pasado aun veinticuatro horas; solo ayer el Caballero de Cavite, senor Francisco, declaro que estaba a favor de la enmienda Guzman-Lim y el mismo senor Francisco, en uno de los discursos mas brillantes que se han pronunciado ante esta Asamblea, puso a contribucion, con toda la energia de que es capaz, todo su talento y toda su ciencia juridica para demostrar que esta Convencion no esta autorizada por la Ley para redactar una Constitucion permanente, para redactar una Constitucion para la Republica. Ademas, tengo informes de que entre los firmantes de esta enmienda Guzman-Lim esta el distinguido Caballero de Laguna, senor Guevara. El es uno de los que lucharon denodadamente contra la Resolucion Osias, sosteniendo el punto legal de que esta Convencion no esta autorizada para redactar una Constitucion para la Republica. He aqui, Senor Presidente, las corrientes de opinion opuestas de dos grupos de Delegados que sostienen la enmienda Guzman-Lim que declara que la Ley Tydings-McDuffie es clara. Si es clara esa Ley, ØŸcomo se explican, senor Presidente, esos dos puntos de vista antagonicos, irreconciliables, incompatibles?

SR. GUZMAN (Al.): Senor Presidente, para algunas preguntas al orador.

EL PRESIDENTE: El orador puede contestar, si le place.

SR. PERFECTO: Si, senor.

SR. GUZMAN (Ah): ØŸNo es verdad que, aunque hay diferencias de opinion, estos mismos grupos pueden estar contestes en la necesidad o falta de necesidad de la Resolucion Osias?

SR. PERFECTO: Voy a decir al Caballero de La Union que la base capital, el alma, la idea esencial de la enmienda es el criterio de que segun la Ley Tydings-McDuffie, la Constitucion no solo debe ser permanente, sino que ademas es nuestro deber hacerla permanente.

SR. GUZMAN (Al.): ØŸSu Senoria ha leido la Resolucion Lim-Guzman?

SR. PERFECTO: Yo quisiera preguntar al Caballero de La Union que objeto tiene la pregunta.

SR. GUZMAN (Al.): ØŸHa leido concienzuda y detenidamente la Resolucion Guzman-Lim?

SR PERFECTO: Yo preguntaria a mi vez a Su Senoria si ha redactado concienzudamente esa enmienda.

SR. GUZMAN (Al.): Senor Presidente, quiero insistir en mi pregunta, y quisiera que el Caballero de Manila me la conteste categoricamente. ØŸHa leido Su Senoria todas y cada una de las palabras contenidas en la Resolucion Guzman-Lim?

SR. PERFECTO: Prefiero, Senor Presidente, que el Delegado por La Union conteste a su propia pregunta.

SR. GUZMAN (Al.): Yo soy quien pregunta, y, ademas, yo soy co-autor de la Resolucion. Quisiera que el Delegado por Manila me conteste la pregunta, para que los distinguidos Delegados no se equivoquen en su apreciacion.

SR. PERFECTO: Senor Presidente, si ya no hay preguntas que formular, voy a permitirme continuar con mi discurso.

SR. GUZMAN (A1.): Su Senoria me ha permitido interpelarle, y es mi derecho obtener de Su Senoria una contestacion a mi pregunta, si Su Senoria no tiene incon-veniente. Por de pronto, la primera pregunta que le hice hasta ahora no ha sido contestada y es la siguiente: ØŸNo es verdad que aunque haya divergencia de opinion entre los sostenedores y los propugnadores de la Resolucion Guzman-Lim, pueden ser contestes en el sentido de que la Resolucion Osias no es necesaria?

SR. PERFECTO: No es verdad. Su Senoria parte de un supuesto completamente erroneo, de premisas completaraente falsas. El Caballero de La Union dice que ha redactado concienzudamente la Resolucion, y todos hemos leido lo que la Resolucion dice; que no hace falta votar la Resolucion Osias, porque la Ley Tydings-McDuffie es clara. ØŸNo dice eso su enmienda? ØŸEn que consiste ahora la claridad? Su Senoria dice que es clara, porque la Ley Tydings-McDuffie dice que la Constitucion sera para la Republica y para la Commonwealth.

SR. GUZMAN (Al.): ØŸNo es verdad que, aun admitiendo hipoteticamente, que algunos Delegados de la Convencion opinan que la Asamblea solo tiene facultad para redactar una Constitucion aplicable a la Mancomunidad, otros opinan que esa misma Constitucion puede aplicarse a ambos gobiernos, o sea, al Gobierno de la Mancomunidad y al de la Republica; no es verdad que la Resolucion Osias puede desaprobarse por el hecho de que es completamente innecesaria?

SR. PERFECTO: No le comprendo a Su Senoria (Risas.) (Prosiguiendo.) Senor Presidente, en vista de las profundidades a que me ha conducido el Caballero de La Union, termino.

SR. BRIONES: Senor Presidente, para unas dos palabras nada mas.

EL PRESIDENTE: Tiene la palabra el Caballero de Cebu.

DISCURSO DEL SR. BRIONES

SR. BRIONES: Senor Presidente, senores Delegados: Quiero decir, en primer termino, que mi preferencia en este debate, o en esta cuestion, no hubiera sido precisamente la enmienda Abordo. Mi preferencia, Senor Presidente, hubiera sido que esta Asamblea, si queria ser leal a su decoro, si queria ser rectilinea en su conducta, votara directamente sobre la Resolucion original, la Resolucion Osias. Yo creo que eso hubiera sido el remate digno del desgaste de mas de dos semanas que ha tenido lugar en este historico recinto. Creo que no se hubiera perdido tanto papel y tantas palabras como aqui se han pronunciado, si como culminacion de todo ello hubiesemos llegado a esa votacion directa sobre la resolucion original. Pero ya que esta Convencion, en sus altos designios, ha preferido dejar a un lado la Resolucion original y aceptar la regla que, sinceramente, me ha parecido extraordinaria, de que se considere esta enmienda por sustitucion, yo no tengo mas remedio, senor Presidente, que sacar, como se dice vulgarmente, partido de la situacion, hacer de tripas corazon, tratar de hacer todo lo que pueda para cohonestar mis convicciones con la enmienda Abordo. Yo creo, senor Presidente, que la enmienda Abordo debe aceptarse por esta Convencion. Si nosotros queremos que esta Convencion formule su veredicto sobre la cuestion envuelta en la proposicion original, creo que es el deseo de todo el mundo, el deseo del pais que nos ha enviado aqui el que nosotros expresemos cual es realmente el alcance de la Constitucion que vamos a redactar. Si es para la vida de la Mancomunidad o si se extiende tambien al ciclo de la Republica. La Resolucion Guzman-Lim, que me merece toda clase de respeto, es una resolucion ambigua, es una resolucion vaga, no expresa ninguna opinion concreta y categorica sobre esta cuestion,

SR. GUZMAN (Al.): Para un ruego al orador, Senor Presidente.

SR. BRIONES: Quisiera que Su Senoria me dirija todas las preguntas que quiera despues de que haya terminado mi discurso,

(Prosiguiendo.) Yo decia, Senor Presidente, que la Resolucion Guzman-Lim no expresa nada, y la mejor prueba de que no expresa nada, ningun veredicto y no trae entre sus lineas, ninguna de las dos maneras....

SR. GUZMAN (Al.): Senor Presidente, pido que se le declare fuera de orden al Caballero de Cebu, pues esta hablando de la Resolucion Guzman-Lim, cuando el asunto que se esta discutiendo es la enmienda Abordo. (Varios Delegados: No.)

SR. BRIONES: (Prosiguiendo.) Senor Presidente, la mejor prueba de lo que digo yo, de que la Resolucion Guzman-Lim no trae entre sus lineas ninguna formula concreta que exprese el sentir y la conviccion de esta Asamblea, es que puede, por lo menos, interpretarse de dos maneras, como se ha interpretado aqui. Una de esas interpretaciones es la formulada por el Caballero de Manila, Senor Palma, al proponer una enmienda en el sentido de que la Asamblea declare que las disposiciones de la Ley Tydings-McDuffie son claras en cuanto al alcance de la Constitucion de que solamente va a abarcar la vida interina de la Mancomunidad. Esa interpretacion cabe perfectamente dentro del marco de esta Resolucion, tal como esta fraseada; y la otra interpretacion y es la contenida en la enmienda Abordo en el sentido de que tambien son claras las disposiciones de la ley en el sentido de que la Constitucion que vamos a redactar abarcara no solamente la vida de la Mancomunidad, sino tambien el ciclo de la Republica.

Ahora bien, senor Presidente, si esta Resolucion es ambigua, vaga, no expresa nada, entonces ØŸque es lo que vamos a aprobar? Se dice aqui que, en virtud de los argumentos expuestos en pro y en contra de la Resolucion Osias, es el sentir de la Asamblea que las disposiciones de la Ley Tydings-McDuffie son claras en cuanto al alcance y la naturaleza de la Constitucion, y, por tanto, no es necesario ya votar esa resolucion de que va a abarcar la vida de la Mancomunidad y el ciclo de la Republica. Entonces debe expresarse asi para excluir otra interpretacion posible como la contenida en la enmienda Palma. Si esta Convencion quiere ser rectilinea en su conducta, quiere resolver esta cuestion con las puertas y ventanas completamente abiertas, si esta Convencion, si la Convencion quiere resolver esta cuestion—y el pais, creo, tiene derecho a esperar de nosotros que resolvamos esta cuestion sin ambiguedades, sin recovers—yo creo que no tenemos mas remedio que aclarar la fraseologia de la Resolucion Guzman-Lim por medio de la enmienda Abordo. No podemos "tangentear" esta cuestion sin desdoro de nuestro nombre; no podremos, senor Presidente, legar a la posteridad una ejecutoria lucida de esta Convencion, en relation con este asunto, si nosotros no vamos a seguir la linea recta en este asunto, Yo creo que el decoro de todos requiere, y yo creo que el pais, vera con agrado el que estos Delegados, los delegados a esta Convencion, afronten esta cuestion abiertamente, categoricamente, sin curva, en linea recta, como he dicho antes, y la unica manera de conseguir un resultado en linea recta, es que expresemos claramente que es lo que queremos que sea esta Constitucion, si es solamente para la Mancomunidad o si es tanto para la Mancomunidad como para la Republica. No podemos adoptar una resolucion que pueda ser interpretada como blanco y negro; no podemos aprobar una resolucion que este a gusto de todos los consumidores, no, senor Presidente. Eso seria bueno como expediente temporal, como expediente politico para resolver emergentemente una pequena crisis. Pero, senor Presidente, yo creo que lo que buscamos en este debate no es un expediente temporal; lo que perseguimos es una resolucion definitiva que pueda ser defendida por nosotros, que pueda ser explicada y comprendida por la posteridad. La posteridad, senor Presidente, que lea nuestro Diario de Sesiones quedara perpleja cuando vea el resultado de este debate. ØŸQue es lo que hicieron los Delegados de la Convencion en el ano 1934? ØŸQue es lo que quisieron decir con esta Resolucion ?

SR. KAPUNAN: Senor Presidente, un turno en contra de la enmienda.

EL PRESIDENTE: Registrese.

SR. BRIONES: (Prosiguiendo.) Por eso, senor Presidente, uno de los autores de la Resolucion, el senor De Guzman (A.), cree que en esta su Resolucion esta contenida, tacitamente, por lo menos, la enmienda Abordo; esto es, segun el, la Constitucion que vamos a redactor no solamente va a abarcar la vida de la Mancomunidad sino tambien la vida de la Republica; el cree que la Ley de Independencia es muy clara en este respecto, y es la interpretacion que da a la Ley Tydings-McDuffie. Si realmente el quiere cumplir con su conciencia, si realmente el expresa una conviccion, y estoy seguro de que expresa una conviccion al formular esta interpreta­cion, no veo como puede oponerse a la enmienda Abordo. Si insiste en su Resolucion ya que, segun el, expresamente, legislativamente, esa enmienda esta tacitamente envuelta en la Resolucion, ØŸque se perdera, Senor Presidente, si esa misma interpretacion de uno de los autores del proyecto de resolucion, senor De Guzman (Alej.) se tradujese en una linea mas para aclarar esta Resolu­cion, para que no produzca ambiguedades hoy y en el futuro? De manera que, Senor Presidente, todos aquellos que creen sinceramente que la Ley de Independencia, llamada comunmente Tydings-McDuffie, contiene el germen no solamente del Commonwealth sino tambien de la Republica, vuelvo a decir que, para cumplir con su conciencia, no tienen mas remedio que votar por la enmienda Abordo. Ellos no cumplirian con su conciencia, ellos no serian leales a su conviccion, si ellos creen que realmente la Constitucion que va a redactarse va a abarcar no solamente el Commonwealth sino hasta la Republica; no serian leales a esa conviccion si se derrota la enmienda Abordo, porque la Resolucion original tal como esta, autoriza que adoptemos una Constitucion para el Commonwealth y autoriza tambien que adoptemos una Constitucion para el Commonwealth y para la Republica.

Por todas estas consideraciones, yo apelo, con todas las energias de que soy capaz, a la Convencion, para que haga una pausa, una momentanea pausa, y medite si nosotros vamos a realizar aqui una ejecutoria digna de nosotros mismos y de nuestro pais, si nosotros tangenteamos esta cuestion en vez de afrontarla recta, categorica y abiertamente.

SR. ARANETA: Un turno a favor.

EL PRESIDENTE: Hagase constar.

SR. KAPUNAN: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado por Leyte.

DISCURSO DEL SR. KAPUNAN

SR. KAPUNAN: Es para mi un privilegio contestar a los fuertes argumentos de uno de los mejores tribunos da que puede vanagloriarse nuestro pais.

Voy a ser corto porque el tiempo apremia, pero permitanme, Caballeros de la Convencion, que yo me haga cargo de una insinuacion hecha por el Delegado por Cebu, Senor Briones, y es que los procedimientos adoptados por esta Convencion ayer han sido arbitrarios. Verdad es que la enmienda Lim-Guzman han dado en llamarla una enmienda por sustitucion, pero no creo que merezca este nombre. Bien dijo el Presidente ayer que ha concebido dudas muy serias acerca de la naturaleza de la Resolucion, y consultando en efecto el Reglamento de esta Convencion, el mismo no contiene ninguna disposicion expresa en cuanto a la precedencia o preferencia de las mociones. A mi juicio, la idea que tenian en la mente los que impugnaron esta enmienda Lim-Guzman esta contenida en la regla 23 de la Camara de Representantes que dice:

"Procedera presenter una enmienda o una mocion para reformar dicha enmienda cuando se este discutiendo una mocion o proposicion. Tambien procedera presentar una enmienda ulterior o por via de sustitucion pero no se votara hasta que el asunto original este perfeccionado, pudiendo una y otra ser consideradas antes de que la enmienda por sustitucion se hay a adoptado."

Creo, Senor Presidente, y caballeros de la Convencion, que no es inutil que examinemos y consideremos El alcanse de esta regla. Entendemos por enmiendas por sustitucion aquellas que cambian total o parcialmente la proposicion pero sin apartarse ni salir fuera del radio en que se halla colocado el asunto que se discute.

SR. ORTEGA: ØŸEl Caballero de Leyte esta disertando sobre la jornada de ayer?

SR. KAPUNAN: Estoy contestando al Caballero de Cebu. (Prosiguiendo.) La proposicion Lim-Guzman elude precisamente el voto, de tal manera que en ultimo analisis, no require el voto sobre la proposicion Osias y, por consiguiente, no puede calificarse como una enmienda. Tengo para mi que esta Resolucion no es mas que una mocion subsidiaria y asi tenemos que acudir a la regla de la Camara de Representantes sobre la mocion subsidiaria que dice: que la mocion de “dejar sobre la mesa” tiene preferencia sobre las otras mociones de igual naturaleza.

SR. SISON: Para una informacion del orador, senor Presidente.

EL PRESIDENTE: ØŸEsta dispuesto el orador a proporcionar es informacion?

SR. KAPUNAN: Con mucho gusto.

SR. SISON: ØŸEso que dice Su Senoria aparece en la Resolucion?

SR KAPUNAN: Acabo de decir que es una de las reglas de la Camara de Representantes, y no aparece desde luego en la Resolucion, y si estoy hablando de ella es para contester solamente la insinuacion del Caballero de Cebu de que hemos cometido un error, una violacion del Reglamento.

SR. SISON: Pero mi pregunta es que si eso que dice Su Senoria es la Resolucion o la enmienda Lim-Guzman para evader el voto.

SR. KAPUNAN: No es para evadir, sino expresa-mente para no votar o para votar sobre el "no votar la Resolucion Osias."

SR. SISON: ØŸPara votar?

SR. KAPUNAN: Exactamente y eso puede considerarse como una mocion para dejar sobre la mesa un asunto. Eso equivale a una mocion de aplazamiento indefinido, y estas resoluciones no son enmiendas sino solamente son mociones subsidiarias y entre las de su clase aquilla tiene preferencia.

SR. SISON: Pero lo que pregunto es, si aparece siquiera indirectamente ese proposito en la Resolucion.

SR. KAPUNAN: Esta es una cuestion puramente colateral y rogaria a Su Senoria que despues de que yo haya tratado sobre el punto principal pendiente, me formule todas cuantas preguntas desee.

SR. SISON: ØŸMe reserva Su Senoria ese derecho?

SR. KAPUNAN: Si la Convencion me lo permite, no tengo inconveniente.

SR. CONFESOR: Para algunas preguntas al orador, Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Puede contestar el orador, si lo desea.

SR. CONFESOR: ØŸEn que sentido es clara la Ley segun la Resolucion Lim-Guzman?

SR. KAPUNAN: A eso iba yo y le voy a contestar. Es tan clara como lo es para Su Senoria, como para mi y para todos los que estan presentes, que no es necesario que definamos ahora, en este momento, a las 6:30 p.m., que es de noche, y no es necesaria ninguna aclaracion ni por parte de Su Senoria, ni por mi parte porque nos llamarian non compos mentis.

SR. CONFESOR: ØŸEn que sentido es ahora clara la ley de que debemos redactar una Constitucion solamente para el Commonwealth?

SR. KAPUNAN: La mejor contestacion a esa pregunta esta en el cumulo de preceptos que han sido presentados a esta Convencion, cumulo que ha llevado hasta aqui Su Senoria, y por eso se presento aqui una resolucion en el sentido de coartar esa libertad de presentar tantos preceptos. Su Senoria, como el que tiene el honor de hablar, sabe perfectamente como han interpretado esta Ley todos y cada uno de los chairmen de los comites y sus miembros. Por de pronto, tenemos el Preambulo del Honorable Romualdez, con el cual todos y cada uno de nosotros estamos conformes, que dice que la Constitucion que estamos redactando, que nemos empezado a redactar no es solamente para esta generacion sino tambien para el porvenir, y asi por el estilo. Por consiguiente, si ya hemos interpretado cual es el alcance, cual es el caracter de esta Constitucion, ØŸque necesidad tenemos de hacer constar eso en una resolucion? Ya esta la Constitucion, que es lo que es y no importa lo que diga la posteridad. Si el porvenir, como ha dicho el Caballero de Cebu, (Sr. Briones) nos exigiese cuenta de por que no hemos tenido la valentia y la rectitud necesarias para afrontar nuestro fideicomiso, que conteste por nosotros la Constitucion que vamos a redactar, que esta­mos redactando ya, de tal manera que si pregunta: ØŸque habeis hecho? ØŸque clase de Constitucion habeis redactado? ØŸtendremos acaso necesidad de presentar a este pueblo la Resolucion Osias, que creo que no sera la misma Constitucion, en cuyos articulos se vera claramente el deseo del pueblo filipino, representado en la Convencion?

SR. CONFERSOR: ØŸQuiere decir Su Señor que concurre conmigo en que debemos redactor una Constitution no solamente para el Commonwealth sino tambien para la future Republic?

SR. KAPUNAN: No concurro con Su Señoria en eso. Ya lo estamos hacienda. ØŸQue necesidad hay de definirlo? Esa es una razon que siempre he alegado, la de que no tenemos necesidad de definir una cosa que ya estamos haciendo.

SR. SISON: Para un turno a favor, senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Hagase constar.

SR. KAPUNAN: (Prosiguiendo.) Y yo digo solamente que cualesquiera criticas que el pueblo, la prensa, la posterjdad puedan formular contra nosotros, que serian sin ningun fundamento, porque la obra nuestra contestara por nosotros; la obra nuestra dira que esta es la obra de sus representantes, en la que estara reflejado el deseo de todo el pueblo filipino, y no es necesaria ninguna discusion en cuanto al alcanse de esta Constitucion, porque ella misma definira lo que es.

LEVANTAMIENTO DE LA SESION

SR. CUENCO: Senor Presidente.

EL PRESIDENTE: Senor Delegado.

SR. CUENCO: Pido que se levante la sesion hasta manana, a las cinco de la tarde.

EL PRESIDENTE: ØŸTiene la Asamblea alguna objecion a la mocion? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada.

Se levanta la sesion.

Eran las 6:36 p.m.
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